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SAIMT APLICARÁ MEDIDAS TEMPORALES PARA LA FLEXIBILIZACIÓN DE PAGO POR ALQUILER DE BIENES INMUEBLES



Con la finalidad maximizar la rentabilidad de los bienes inmuebles de propiedad municipal y a su vez brindar apoyo a los arrendatarios en el pago de su merced conductiva, se aprobó la Ordenanza Municipal N° 32 - 2020 - MPT que autoriza al Servicio de Administración de Inmuebles Municipales de Trujillo (SAIMT), implementar medidas necesarias para asegurar el cobro de los alquileres y la protección de los bienes materia de alquiler.

El gerente general del SAIMT, señaló que a consecuencia de la pandemia, la recaudación por el alquiler de 136 inmuebles entre locales comerciales y casa habitación, ubicados el pasaje san Agustín y centro comercial AMECA, bajó significativamente, generando que los inquilinos tengan retraso en el pago, además de un interés moratorio, comprendido en el periodo de marzo, abril y mayo.

“Por ello, presentamos la propuesta para la ordenanza municipal, la cual fue aprobada por el concejo municipal, para brindar facilidades de pago a los arrendatarios y reactivar los ingresos inmediatos a favor de la entidad edil, medida establecida establecidos hasta el 31de diciembre del presente año”, informó la autoridad de esta OPD. 

Gracias a este medida, los arrendatarios se acogerán a diversas medidas contempladas en la ordenanza municipal, como la postergación del pago de las cuotas del mes de marzo y abril, exoneración automática de intereses a partir de marzo, permitir cambio de rubro del negocio, exoneración del pago de la renta a quienes entreguen el inmueble; y en el caso de las personas que alquilen casa habitación, se exceptuará la penalidad por incumplimiento del contrato, permitiendo renovar, el cual incluirá  la programación de las cuotas atrasadas.

Cabe mencionar que la norma solo aplicará para arrendatarios que cuenten con un contrato de arrendamiento vigente y que estén al día en sus pagos hasta el mes de marzo del presente año, asimismo, no podrán acceder es este beneficio los inquilinos que no renueven contrato en el segundo periodo 2020 (Julio a agosto).