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finalidad de las cesiones en uso de predios municipales, el Concejo Municipal
aprobó la reversión del inmueble otorgado al Club de Leones Las Quintanas, por
no cumplir con obligaciones como beneficiaria del acto administrativo. <o:p></o:p></span></p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify;line-height:115%"><span style="font-family:"Arial","sans-serif"">Luego de una serie de inspecciones al
inmueble denominado “Instituto PROLAPAR”, ubicado entre la Calle Planicie y
Calle La Alameda, Mz C Lote B de la Urb. San Vicente, el Servicio de
Administración de Inmuebles Municipales de Trujillo (Saimt), determinó que esta
no vienen cumpliendo con la norma por medio del cual el concejo autorizó y
determinó, a través del Acuerdo de Concejo N° 117-2021-MPT la reversión a favor
de la Municipalidad Provincial de Trujillo. <o:p></o:p></span></p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify;line-height:115%"><span style="font-family:"Arial","sans-serif"">En el predio revertido, respaldado por
la opinión técnica y legal del SAIMT, se determinó que ha incurrido en causal
de extinción, cambio de uso y/o destino del inmueble, además por no haber presentado informe anual de sus
actividades; dejando sin efecto el Acuerdo de Concejo N°045-2006-MPT, cuya
finalidad era que el inmueble brinde atención médica a niños con problemas de
labio leporino. <o:p></o:p></span></p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify;line-height:115%"><span style="font-family:"Arial","sans-serif""> “Cabe mencionar que la cesión en uso se otorga
a plazo determinado, de acuerdo a la naturaleza del proyecto de desarrollo
social, hasta por un plazo de 10 años, renovable, sin embargo venimos
verificando el uso inadecuado de ciertos bienes municipales, razón por la cual
queda sin efecto la presente cesión en uso y se revierte a favor de la comuna
trujillana”, refirió el gerente general del SAIMT, Abg. José Rubio
Preciado. <o:p></o:p></span></p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify;line-height:115%"><span style="font-family:"Arial","sans-serif"">Este procedimiento administrativo que
otorga el derecho excepcional, de usar temporalmente a título gratuito un
predio municipal, de libre disponibilidad, a un particular, para que lo destine
a la ejecución de un proyecto de desarrollo social, cultural y/o deportivo, sin
fines de lucro, se extingue por incumplimiento y/o desnaturalización de la
finalidad de la cesión, renuncia a la cesión en uso, extinción de la
cesionaria, muerte de cesionario, consolidación de dominio, destrucción del
bien, cese de la finalidad.<o:p></o:p></span></p><p>
</p><p class="MsoNormal" style="text-align:justify"><span style="font-size:12.0pt;
line-height:107%;font-family:"Arial","sans-serif""> </span></p>',
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